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RESOLUCIÓN Nº11/12

VISTO:
             La Resolución Nº 20/11 del Registro del Consejo Directivo de la Mutual para el Magisterio Rionegrino y,

 CONSIDERANDO:

  • La necesidad de readecuar los montos de los aportes mínimos a la realidad económica general
  • Que la correcta administración de los servicios debe corresponderse con los aportes sociales efectuados

POR ELLO:

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA MUTUAL
PARA EL MAGISTERIO RIONEGRINO

RESUELVE

Art. 1º: Establecer a partir del día 01 de Mayo de 2012 el valor del aporte mínimo según corresponda la categoría de asociado/a de acuerdo a la escala:

Categoría “A”…2,02%....monto mínimo a depositar por cuota social…$ 65,00 (5% de U.G.)
Cat. “B” y “C”..3,03%....monto mínimo a depositar por cuota social$ 91,00 (7% de U.G.)
Cat. “D”……...4,04%....monto mínimo a depositar por cuota social…$ 117,00 (9% de U.G.)

Art. 2º:   Realizar los Aportes establecidos en todos los cargos en que corresponda, Aplicando la reglamentación correspondiente, sea cual fuere el sueldo percibido.                        
Art 3º : Que la presente deja sin efecto toda resolución anterior al respecto

Art. 4º: La presente queda Ad Referéndum de la Asamblea Ordinaria.
Art. 5º: Comuníquese y notifíquese a todas las áreas intervinientes: Consejo Provincial de Educación, ANSES, Delegaciones, Subdelegaciones de la MMR y Asociados/as. Cumplido, archívese.

 

                                                                                Viedma, 03 de Mayo de 2012