RESOLUCIÓN Nº 13/12
VISTO:
El análisis realizado en reunión de Consejo Directivo de la Mutual sobre el convenio firmado con el IMPS
Y CONSIDERANDO:
- Que el monto límite de compra (cupo) es de ½ (equivalente a $600)
- Que este cupo resulta insuficiente para concretar dicho convenio
- Que es facultad del CD resolver cuestiones inherentes a la Administración de la entidad establecido en su artículo 23 del estatuto social
POR ELLO:
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA MUTUAL
PARA EL MAGISTERIO RIONEGRINO
RESUELVE
Art. 1º: crear un monto límite de compra específico para turismo con el valor de 1 U/G (equivalente a $1300,-)
Art. 2º: Este cupo será únicamente para aquellos socios/as que deseen acceder a un contrato de turismo.
Art. 3º: Que esta resolución queda ad referendum de la Asamblea Anual
Art. 4º: Que la misma deberá ser incluida en la Memoria Anual
Art. 5º: Notifíquese, Comuníquese y Archivese
Viedma, 02 de Mayo de 2012 |