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RESOLUCIÓN Nº 14/12

VISTO:

  • La necesidad de efectuar una actualización en los valores de reintegro por prestaciones

Y CONSIDERANDO:

  • Que es atribución del Consejo Directivo reglamentar el funcionamiento administrativo de la Mutual
  • Que es intención de este Consejo Directivo atender las necesidades de los/as asociados/as brindando la mayor cantidad  posible de servicios.

 

POR ELLO:

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA MUTUAL
PARA EL MAGISTERIO RIONEGRINO
RESUELVE

Art. 1º:Se efectivizará a partir del mes de Junio 2012 el reintegro por Óptica considerando: por ejercicio económico para el activo y participante, el reconocimiento del 40% del valor de los anteojos recetados o lentes de contacto, siempre que no supere el 50% de UG, tenga o no familiares a cargo. El tope se ampliará hasta 1 U.G. en caso de tener un miembro familiar discapacitado que haga uso del servicio de óptica.

Art 2º:Se mantendrá en vigencia el Art. 2º de la anterior resolución al respecto (11/10)

Art. 3º: La presente deberá ser incluida en la Memoria Anual.
Art 4º : La presente queda Ad Referéndum de la  próxima Asamblea Ordinaria
Art. 5º: Comuníquese, notifíquese y archívese.

                                                                       

 

                  Viedma, 10 de Mayo de 2012